PAIS VASCO: PERSONAL DOCENTE

 

CONSIDERACIONES GENERALES
Es objeto de las presentes bases establecer las normas para la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición, de plazas pertenecientes a la categoría laboral de Especialistas de Apoyo Educativo del Convenio Colectivo de Personal laboral docente y educativo del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
Las plazas que se convocan son:
75 plazas de Especialistas de Apoyo Educativo:
Con requisito de perfil lingüístico HLEA:
– Turno libre: 57.
– Reserva de minusválidos: 3.
Sin requisito de perfil lingüístico:
– Turno libre: 14.
– Reserva de minusválidos: 1.
Convocatoria publicada en el BOPV n.º 6, de 9 de enero de 2007.

REQUISITOS
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles as, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea, y de los nacionales de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
b) Para quienes no se hallen comprendidos en el apartado anterior, encontrarse en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
c) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber alcanzado la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes.
e) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Los aspirantes a que se refiere el punto a) de este apartado cuya nacionalidad no sea la española, así como los comprendidos en el apartado b), deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) No estar incurso en causa legal de incapacidad o incompatibilidad según la normativa vigente, dejando a salvo el derecho de opción que ésta le otorgue.
Requisitos específicos:
Además de los requisitos de carácter general señalados, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos específicos:
a) Estar en posesión o haber abonado los derechos para la expedición del título de Técnico Superior de Integración Social o Técnico Superior de Educación Infantil o sus respectivos equivalentes:
– Técnico Especialista en Economía Sociofamiliar.
– Técnico Especialista en Jardines de Infancia.
– Técnico Especialista en Adaptación Social.
– Técnico Especialista en Educación Infantil.
– Técnico Especialista en Educación de Disminuidos Psíquicos.
En el caso de que dichas titulaciones se haya obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación.
b) Estar en posesión del perfil lingüístico requerido para el puesto al que se opta o de otras certificaciones idiomáticas homologables, conforme a lo previsto en el artículo 5 del Decreto 66/2005, de 5 de abril, por el que se crean y regulan los perfiles lingüísticos del personal laboral educativo no docente de Educación Especial.
Requisitos específicos para participar por el procedimiento de reserva de minusvalía:
Podrán participar por este procedimiento, para el que, de acuerdo con la disposición adicional séptima de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se reserva un cupo del total de las plazas convocadas, aquellos aspirantes que, además de reunir las condiciones generales y específicas exigidas para el ingreso libre a la categoría convocada, tengan reconocida, por los órganos competentes de los Departamentos de Bienestar Social de las Diputaciones Forales, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, una disminución física de, al menos, un 33 por 100, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes.

PLAZO
• Lugar: Las instancias, dirigidas a la Directora de Gestión de Personal del Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco, podrán presentarse:
a) Por vía internet, utilizando la opción de remitir la solicitud, una vez cumplimentado el impreso, a la dirección web: http://www.hezkuntza.ejgv.euskadi.net.
b) En las Delegaciones Territoriales de Educación.
c) En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de acuerdo con las condiciones establecidas en dicho precepto. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada. De no hacerse así, se considerará presentada en la fecha de entrada en la correspondiente oficina pública.
• Derechos de examen: Se fijan en la cantidad de 13,02 €.
• El plazo de presentación de instancias está abierto hasta el 29/01/07.

PRUEBAS
El sistema de selección será el de concurso-oposición, a través del cual se pretende evaluar la cualificación de los aspirantes.
Prueba de acreditación del conocimiento del castellano para los aspirantes que no posean la nacionalidad española:
Con carácter previo a la realización de las pruebas de la fase de oposición, los aspirantes que no posean la nacionalidad española y que no estén exentos, deberán acreditar el conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba, en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de comprensión y expresión oral y escrita en esta lengua. En la resolución de nombramiento del Tribunal se determinará el lugar, fecha y hora de la misma.
Están exentos de la realización de la prueba a que se refiere este apartado quienes estén en posesión del Diploma Superior de Español como Lengua Extranjera regulado en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, del Certificado de Aptitud en Español para extranjeros expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, o del título de Licenciado en Filología Hispánica o Románica, siempre y cuando hayan presentado, dentro del plazo de presentación de solicitudes, el correspondiente documento acreditativo debidamente compulsado.
La prueba se calificará de «apto» o «no apto», siendo necesario obtener la valoración de «apto» para pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.
De la fase de oposición:
Constará de una prueba, dividida en dos partes, siendo ambas de carácter obligatorio y eliminatorio:
a) Primera parte: consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que determine el Tribunal, un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, que versarán sobre las materias comprendidas en el programa.
b) Segunda parte: consistirá en contestar por escrito, en el plazo máximo que determine el Tribunal, preguntas encaminadas a la valoración aptitudinal y personal de los aspirantes y que igualmente versarán sobre las materias comprendidas en el programa.
Sobre la Prueba de acreditación de perfiles lingüísticos y la fase de concurso: consultar BOPV n.º 6, de 9 de enero de 2007.

PROGRAMA
Tema 1. Escuela inclusiva. Principios.
Tema 2. Deficiencia, discapacidad y minusvalía.
Tema 3. Ordenación de la respuesta educativa al alumnado con necesidades educativas especiales en el País Vasco.
Tema 4. El alumnado con NEE. El rol del/de la especialista en apoyo educativo y sus funciones.
Tema 5. Atención del/de la especialista en apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales ligadas a una discapacidad motora.
Tema 6. Atención del/de la especialista en apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales ligadas a una discapacidad sensorial.
Tema 7. Atención del/de la especialista en apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales ligadas a autismo u otros trastornos generalizados del desarrollo.
Tema 8. Atención del/de la especialista en apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales ligadas a un retraso mental.
Tema 9. Atención del/de la especialista en apoyo educativo al alumnado con necesidades educativas especiales ligadas a una enfermedad mental.
Tema 10. Habilidades adaptativas y calidad de vida.
Tema 11. Programas de autonomía relacionados con el cuidado personal: control de esfínteres, aseo, limpieza y vestido del alumnado con NEE.
Tema 12. Programas de autonomía relacionados con el cuidado personal: hábitos de alimentación del alumnado con NEE.
Tema 13. Programas conductuales. Intervención del/de la especialista en apoyo educativo en su aplicación. Técnicas básicas.
Tema 14. Programas de Autonomía Social vinculados a los hábitos de conducta y comunicativos del alumnado con NEE.
Tema 15. Programas de desarrollo de habilidades motoras. Técnicas de movilización.
Tema 16. Desarrollo de la comunicación. El lenguaje oral. Sistemas de comunicación aumentativa y alternativa.
Tema 17. El centraje de la atención, manipulación, motivación y control del alumnado con NEE.
Tema 18. Técnicas de prevención de accidentes y primeros auxilios en alumnado con NEE.
Tema 19. Técnicas asistenciales específicas de las diferentes discapacidades. Cuidados auxiliares al alumnado con NEE.
Tema 20. Atención, vigilancia y cuidado del alumnado con NEE en los periodos de recreo y descanso.
Tema 21. Acompañamiento al alumnado con NEE en los distintos traslados precisos para el desempeño de su actividad escolar.
Tema 22. Materiales y ayudas técnicas del alumnado con NEE que lo precise. Colaboración con los profesionales de apoyo en su adaptación y uso.
Tema 23. Adaptaciones Curriculares Individualizadas, Adaptaciones de Acceso al Currículo y Programas de Trabajo Individual. Colaboración del/de la especialista en apoyo educativo en la elaboración, ejecución y seguimiento de las cuestiones referidas a la autonomía personal, social y el desarrollo de habilidades motoras del alumnado con NEE.
Tema 24. Registro en la intervención del/de la especialista en apoyo educativo con el alumnado con necesidades educativas especiales. Técnicas de observación y valoración de programas.
Tema 25. Colaboración del/la la especialista en apoyo educativo con los profesionales de apoyo y asesoramiento (logopeda, fisioterapeuta, profesorado itinerante de CRI, terapeuta ocupacional, asesor de NEE, etc.) en las actuaciones que deba realizar el alumnado con NEE.
Tema 26. Programas de Tránsito a la Vida Adulta.
 

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